La empresa busca revertir el fallo que confirmó las facultades del regulador sobre el terminal portuario y advierte que el cambio de criterios podría afectar la seguridad jurídica de las inversiones en infraestructura.
La controversia sobre el alcance de las facultades regulatorias de Ositrán en el Puerto de Chancay continuará en el Tribunal Constitucional (TC). Cosco Shipping Ports Chancay Perú anunció que presentará un Recurso de Agravio Constitucional luego de que la Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima declarara improcedente la demanda de amparo interpuesta contra el organismo regulador.
Con esta decisión judicial, se mantiene vigente la competencia de Ositrán para ejercer funciones de regulación, supervisión, fiscalización, solución de controversias y sanción sobre el Terminal Portuario Multipropósito de Chancay, revocando así una sentencia de primera instancia que había favorecido a la empresa.
La Sala concluyó que Cosco Shipping no acreditó una amenaza cierta e inminente contra sus derechos fundamentales, requisito indispensable para que proceda una acción de amparo.
La controversia gira en torno a la seguridad jurídica de la inversión
Tras conocerse el fallo, el abogado de Cosco Shipping, Ramiro Portocarrero, cuestionó que el Poder Judicial no haya resuelto el aspecto central del conflicto: determinar si Ositrán tiene competencia para ejercer una regulación integral sobre un puerto privado de uso público que no opera bajo un contrato de concesión con el Estado.
El representante legal sostuvo que el recurso ante el Tribunal Constitucional busca obtener un pronunciamiento definitivo sobre la interpretación del marco legal que reguló la inversión superior a US$ 1.300 millones realizada en el Puerto de Chancay.
Según indicó, la preocupación trasciende el caso particular de la empresa y está vinculada a la estabilidad del marco jurídico para futuras inversiones de gran escala.
«No puede existir una ley especial que establezca determinadas reglas, que un inversionista comprometa más de US$ 1.300 millones bajo ese marco y que, antes de iniciar operaciones, esas reglas cambien», sostuvo en declaraciones a RPP.
Cosco sostiene que Ositrán modificó su criterio regulatorio
Uno de los principales argumentos de la empresa es que la Ley del Sistema Nacional de Puertos permitió desarrollar puertos privados de uso público sin necesidad de una concesión estatal y que, bajo ese esquema, la intervención de Ositrán solo correspondería cuando existan problemas de competencia o condiciones monopólicas.
Portocarrero afirmó que el propio regulador habría emitido informes en 2017 señalando que carecía de facultades para supervisar o sancionar terminales portuarios sin contrato de concesión.
Sin embargo, sostuvo que esa posición cambió cuando el Puerto de Chancay estaba próximo a iniciar operaciones, ampliando el alcance de las competencias regulatorias del organismo. A juicio de la empresa, este cambio modifica las condiciones bajo las cuales se estructuró y ejecutó la inversión.
El debate va más allá del aporte por regulación
Cosco Shipping sostiene que la controversia no se limita al pago del aporte por regulación equivalente al 1% de los ingresos brutos, sino al alcance de las facultades que ejercerá Ositrán sobre la operación del terminal.
Según explicó la empresa, la regulación podría abarcar aspectos como la fijación de tarifas, estándares de calidad del servicio, supervisión operativa, imposición de obligaciones regulatorias y aplicación de sanciones.
Desde su perspectiva, ello podría alterar el modelo de negocio originalmente previsto y afectar el valor económico de la inversión, además de generar incertidumbre para futuros proyectos privados de infraestructura.
Actualmente, el aporte regulatorio continúa siendo pagado «bajo protesta», mientras se resuelve la controversia judicial. De acuerdo con las estimaciones de la empresa, este concepto representa menos de S/ 100 millones anuales, monto que aumentaría conforme el puerto incremente su volumen de operaciones.
La naturaleza jurídica del Puerto de Chancay centra el debate
Otro de los aspectos discutidos es la naturaleza jurídica del terminal portuario. Cosco Shipping sostiene que el Puerto de Chancay es un puerto de titularidad privada, de uso público y de carácter exclusivo, lo que significa que cualquier usuario puede acceder a sus instalaciones, pero los servicios portuarios auxiliares son prestados directamente por el propio operador y no por terceros.
Bajo ese modelo, la empresa considera que no existen las mismas condiciones regulatorias que en los puertos concesionados, donde participan múltiples operadores privados y suelen presentarse conflictos relacionados con el acceso a la infraestructura.
Competencia y regulación, dos enfoques distintos
Respecto a eventuales riesgos de prácticas anticompetitivas, el representante legal de Cosco sostuvo que esas situaciones deberían ser supervisadas por Indecopi y no por Ositrán.
Según explicó, corresponde a la autoridad de competencia intervenir cuando existan indicios de abuso de posición de dominio o conductas anticompetitivas, mientras que la regulación preventiva que pretende ejercer Ositrán excedería las competencias previstas para un puerto privado.
Asimismo, señaló que la coexistencia de los puertos del Callao y Chancay ya estaría generando un escenario de competencia que beneficia al mercado portuario peruano.
El fallo del TC podría sentar un precedente para futuras inversiones
La decisión que eventualmente adopte el Tribunal Constitucional podría convertirse en un precedente relevante para el desarrollo de proyectos privados de infraestructura bajo regímenes especiales.
Más allá del caso del Puerto de Chancay, el proceso definirá el alcance de las facultades regulatorias del Estado sobre infraestructuras privadas de uso público y podría influir en la percepción de seguridad jurídica de los inversionistas que evalúan desarrollar proyectos de gran escala en el país.




