PRODUCE amplió el límite de captura para 2026 tras el informe de IMARPE y habilitó la extracción de pota entre el 30 de agosto y el 31 de diciembre.
El Ministerio de la Producción, PRODUCE, dispuso la reactivación de la pesca del calamar gigante o pota luego de los resultados científicos de la Operación Calamar Gigante V, desarrollada por el Instituto del Mar del Perú, IMARPE.
La medida forma parte del Plan de Reactivación Pesquera y Acuícola del Gobierno y busca recuperar la actividad productiva y proteger los ingresos de las familias que dependen de esta pesquería artesanal.
Mediante la Resolución Ministerial N.º 00304-2026-PRODUCE, el Límite Máximo de Captura Total Permisible para 2026 fue ampliado a 709.659 toneladas. De este volumen, 82.321 toneladas estarán disponibles para extracción entre el 30 de agosto y el 31 de diciembre.
La decisión se sustenta en la evaluación científica de IMARPE, que determinó la existencia de disponibilidad biológica para incorporar una cuota adicional sin comprometer la sostenibilidad del recurso.
Distribución de la cuota
La cuota adicional será distribuida de acuerdo con la capacidad de bodega de las embarcaciones y en dos periodos.
Las embarcaciones con una capacidad menor a 10 m³ tendrán asignadas 19.757 toneladas, mientras que aquellas de entre 10 y 32,6 m³ dispondrán de 62.564 toneladas.
Entre el 30 de agosto y el 30 de septiembre, las cuotas serán de 9.878 toneladas para las embarcaciones menores y 31.282 toneladas para las de mayor capacidad.
Para el periodo comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, se asignarán 9.879 y 31.282 toneladas, respectivamente. El volumen que no sea extraído durante el primer periodo podrá acumularse para la siguiente etapa.
Límites para evitar la sobreexplotación
PRODUCE también estableció límites máximos de captura por faena y un número máximo de zarpes, con el objetivo de evitar una concentración excesiva del esfuerzo pesquero.
Las embarcaciones menores de 10 m³ tendrán un límite de 6 toneladas por faena, más 0,5 toneladas de tolerancia. Las de entre 10 y 20 m³ podrán capturar hasta 9 toneladas, con una tolerancia de 1 tonelada, mientras que las de entre 20 y 32,6 m³ tendrán un máximo de 15 toneladas, más 1,5 toneladas de tolerancia.
Monitoreo y trazabilidad
La norma establece además un sistema de seguimiento y fiscalización de la actividad. PRODUCE supervisará el avance de las capturas y podrá suspender la extracción cuando se alcance o se estime alcanzar la cuota autorizada.
También podrá disponer la suspensión ante recomendaciones técnicas de IMARPE relacionadas con factores biológicos, pesqueros o ambientales.
La trazabilidad estará respaldada por el registro obligatorio de desembarques, el transporte mediante vehículos isotérmicos registrados, la supervisión en las plantas de procesamiento y la vigilancia en los puntos de desembarque autorizados.
Reactivación de la pesca artesanal
La reapertura de la pesquería de pota se sustenta en los estudios realizados por IMARPE sobre la situación del recurso y forma parte de las medidas para recuperar la actividad pesquera.
PRODUCE también anunció la próxima instalación de una mesa técnica con representantes de la cadena productiva, que tendrá como objetivo establecer un plan de trabajo para fortalecer el sector y priorizar acciones de desarrollo para la pesca artesanal.




