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lunes, septiembre 7, 2026
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Estado peruano devolverá cerca de USD 200 millones por caso Cerro Verde

Un laudo del Ciadi cuestionó las multas e intereses aplicados a obligaciones tributarias de la operación minera en Arequipa y ordenó restituir pagos realizados por el inversionista.

El Estado peruano deberá devolver cerca de USD 200 millones a SMM Cerro Verde Netherlands B.V., filial de la japonesa Sumitomo Metal Mining, luego de un laudo emitido por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, Ciadi, en el marco de una controversia tributaria vinculada con la operación de Cerro Verde, en Arequipa.

El monto comprende aproximadamente USD 160 millones de capital y USD 40 millones por intereses. La controversia se originó en obligaciones tributarias determinadas por la Sunat correspondientes a los ejercicios 2005 y 2007, en un proceso que se extendió durante cerca de dos décadas entre instancias nacionales e internacionales.

El conflicto tributario se remonta a 2005 y 2007

El arbitraje fue iniciado por SMM Cerro Verde Netherlands B.V., accionista de Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A., que mantiene una participación de 21% en la operación. El resto de la propiedad corresponde principalmente a Freeport-McMoRan y Compañía de Minas Buenaventura.

El origen del conflicto está relacionado con un convenio de estabilidad jurídica y tributaria suscrito por Cerro Verde con el Estado peruano en 1998. La empresa sostuvo que este acuerdo protegía determinadas condiciones fiscales aplicables a sus inversiones, entre ellas las relacionadas con el concentrador que comenzó a operar en 2006 después de una inversión cercana a USD 850 millones.

Ciadi respaldó el tributo, pero cuestionó multas e intereses

El tribunal arbitral coincidió con la interpretación del Estado peruano respecto de la obligación de pagar el tributo principal. Sin embargo, cuestionó la aplicación de multas e intereses moratorios sobre esa deuda.

La posición planteada por la defensa de la empresa fue que las autoridades tributarias habían generado un cambio de criterio respecto de la aplicación de las obligaciones fiscales. Por ello, la controversia internacional no se concentró en el tributo principal, sino en los cargos adicionales que se acumularon durante los años que duró el proceso.

Las multas y los intereses moratorios llegaron a representar cerca de dos tercios de la deuda total, debido a que estos conceptos continuaron acumulándose mientras la disputa avanzaba por las distintas instancias.

Sumitomo realizó los pagos bajo protesta

La devolución está vinculada con pagos efectuados por la empresa bajo protesta durante el desarrollo de la controversia. Tras el resultado del arbitraje, el Estado deberá restituir el capital correspondiente y los intereses determinados a favor de Sumitomo, que inició el procedimiento al amparo del Tratado Bilateral de Inversiones entre Perú y Países Bajos.

El procedimiento ante el Ciadi habría comenzado alrededor de 2019, después de los procesos tributarios desarrollados en el ámbito nacional. El caso refleja así cómo una disputa sobre obligaciones fiscales puede extenderse durante años y terminar en un arbitraje internacional de inversiones.

Cerro Verde también estuvo involucrada en otro arbitraje

El caso de Sumitomo es distinto del arbitraje presentado por Freeport-McMoRan contra Perú por obligaciones vinculadas con Cerro Verde. En ese proceso, el tribunal rechazó en mayo de 2024 los reclamos de la compañía estadounidense.

La diferencia entre ambos resultados muestra que los distintos accionistas de una misma operación minera pueden recurrir a mecanismos de solución de controversias de manera independiente, dependiendo de los derechos y obligaciones que sustenten sus respectivos reclamos.

Perú mantiene además otros procesos ante el Ciadi relacionados con controversias tributarias de grandes compañías. Entre los casos mencionados se encuentran los arbitrajes vinculados con Telefónica, Backus y Cerro Verde.