El proyecto de la SBS plantea ampliar los canales para realizar aportes al Sistema Privado de Pensiones e incorporar billeteras digitales, aplicativos y nuevos intermediarios financieros.
La forma de realizar los aportes al Sistema Privado de Pensiones podría cambiar con una propuesta de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, SBS, que busca ampliar los canales digitales disponibles para trabajadores, empleadores y terceros.
El organismo publicó en junio un proyecto normativo que modifica las reglas de afiliación y aportes para permitir el uso de billeteras digitales, aplicativos móviles, cajeros corresponsales y otros mecanismos de pago.
La iniciativa se sustenta en la Ley N.° 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, que establece que los aportes obligatorios y voluntarios pueden realizarse mediante aplicativos móviles, billeteras móviles, agentes bancarios y otros mecanismos innovadores.
¿Cómo se podrían pagar los aportes a las AFP?
El proyecto incorpora un nuevo artículo al Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Pensiones para permitir que empleadores, trabajadores dependientes e independientes y terceros realicen aportes previsionales mediante nuevos canales digitales.
La propuesta busca que el pago de aportes pueda efectuarse utilizando herramientas financieras que ya forman parte de las operaciones cotidianas, en lugar de concentrar la recaudación en los mecanismos tradicionales.
Para ello, la SBS plantea incorporar a las denominadas instituciones intermediarias, que serían entidades de servicios de pago contempladas en la regulación del Banco Central de Reserva, siempre que suscriban convenios con las Empresas Administradoras de Fondos, EAF.
Estos convenios deberán establecer las condiciones y plazos del servicio. Las instituciones intermediarias tendrán que transferir los recursos recaudados como máximo el segundo día hábil posterior al pago y cumplir reglas para la recepción, validación, registro, custodia y transferencia de los aportes.
Bancos y financieras podrán participar en la recaudación
La propuesta también mantiene la posibilidad de que la recaudación sea realizada por las EAF o, en su representación, por bancos, financieras y otras entidades autorizadas por la SBS.
Los convenios deberán establecer los servicios ofrecidos, la retribución y las condiciones para transferir los recursos. En este caso, el dinero recaudado deberá ser abonado el mismo día en las cuentas destinadas para este fin.
El costo del servicio será asumido por la EAF que lo solicite y no podrá trasladarse al afiliado, al fondo de pensiones ni al empleador.
Además, la SBS plantea evitar acuerdos de exclusividad. Las instituciones recaudadoras deberán ofrecer condiciones equivalentes de precio, calidad y plazos a las distintas EAF que soliciten sus servicios.
Nuevas exigencias de seguridad
La ampliación de los canales de pago también contempla requisitos de seguridad, continuidad operativa y protección de la información.
Las instituciones intermediarias deberán cumplir las disposiciones de la SBS relacionadas con gestión del riesgo operacional, continuidad del servicio, seguridad de la información y ciberseguridad.
El objetivo es garantizar que los aportes realizados mediante estos nuevos mecanismos puedan ser identificados y acreditados correctamente en las cuentas individuales de capitalización de los afiliados.
La Resolución SBS N.° 01651-2026 autorizó la publicación del proyecto para consulta pública por un plazo de 15 días calendario.
Por ahora, la propuesta no constituye una regla definitiva. Su eventual aprobación permitiría ampliar las alternativas para ingresar dinero al sistema previsional y facilitar el proceso de aportes mediante canales digitales que ya utilizan los usuarios del sistema financiero.




