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martes, junio 30, 2026
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SUNAT exigirá correo y celular validados para todos los contribuyentes inscritos en el RUC

La nueva medida busca actualizar la información de contacto y reforzar la seguridad de los trámites digitales. Los contribuyentes ya registrados tendrán plazo hasta el 31 de agosto de 2026 para completar la validación.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) estableció una nueva obligación para todos los contribuyentes inscritos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC): registrar y validar un correo electrónico y un número de teléfono móvil como parte de la información oficial del registro.

La medida fue aprobada mediante la Resolución de Superintendencia N.º 000121-2026/SUNAT, publicada en el Diario Oficial El Peruano, y busca fortalecer los canales de comunicación entre la administración tributaria y los contribuyentes, además de mantener actualizados los datos registrados.

Hasta ahora, esta exigencia estaba dirigida principalmente a contribuyentes del Impuesto a la Renta de tercera categoría y sus representantes legales. Con la nueva disposición, el requisito se amplía a todas las personas inscritas en el RUC.

Datos deberán validarse mediante códigos de seguridad

La Sunat precisó que el correo electrónico y el número de celular registrados deberán ser validados mediante códigos de verificación enviados por la entidad. El procedimiento podrá realizarse a través de Sunat Virtual o Sunat Operaciones en Línea (SOL).

Asimismo, la administración tributaria podrá solicitar nuevamente la validación de esta información cuando lo considere necesario como parte de sus mecanismos de seguridad.

Clave SOL requerirá validación previa

Una de las principales modificaciones establece que los contribuyentes no podrán generar su código de usuario ni la Clave SOL sin haber validado previamente el correo electrónico y el teléfono móvil registrados en el RUC.

La entidad también podrá implementar mecanismos adicionales de autenticación para reforzar la seguridad en los trámites digitales y reducir riesgos relacionados con el uso de plataformas virtuales.

Nuevos formularios para facilitar trámites tributarios

La resolución incorpora además dos formularios virtuales orientados a simplificar procesos para los contribuyentes.

El formulario “Quiero abrir un negocio” (N.º 3130-1) permitirá que un trabajador independiente pueda cambiar su condición a persona natural con negocio, registrar su actividad económica, seleccionar un régimen tributario e inscribir un nombre comercial, entre otros procedimientos.

Por otro lado, el formulario “Quiero iniciar actividades como trabajador independiente” (N.º 3130-2) facilitará el cambio hacia rentas de cuarta categoría y otros trámites vinculados con el inicio o cese de actividades.

Plazo de adecuación hasta agosto de 2026

La norma entró en vigencia al día siguiente de su publicación. Sin embargo, los contribuyentes que ya cuentan con RUC y aún no han registrado o validado su correo electrónico y número celular tendrán plazo hasta el 31 de agosto de 2026 para actualizar esta información.