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jueves, mayo 28, 2026
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Manuel Aguilar, abogado laboralista, explica el riesgo oculto en la compra de empresas en España: “El pasivo laboral se transmite, aunque no figure en el papel”

El estratega corporativo analiza las «trampas» de la subrogación empresarial bajo el Artículo 44 y alerta de que muchas operaciones de M&A fallan por no auditar la realidad de las plantillas antes de la firma. “Frente a los trabajadores, la empresa compradora debe pagar primero y discutir después con el vendedor; ese es el verdadero impacto en el plan de negocio”, sostiene el experto.

En los procesos de adquisición y transmisión de empresas, las sorpresas más costosas no suelen venir de los balances financieros, sino de la realidad laboral no declarada. Así lo advierte Manuel Aguilar Romero, reconocido abogado laboralista y asesor estratégico de grandes empresas y Consejos de Administración, quien señala un error recurrente en la alta dirección: confiar a ciegas en los listados de personal facilitados en las negociaciones sin contrastar la realidad operativa de la compañía transferida.

Aguilar Romero explica que es habitual encontrarse con escenarios donde un comprador adquiere una unidad productiva con costes calculados y un plan de negocio cerrado y, repentinamente, se enfrenta a demandas de profesionales que no aparecían en ningún documento previo. «No estaban en el Excel, ni en la documentación entregada, pero sí existían en la realidad laboral de la empresa», apunta.

La incomodidad del Artículo 44

El experto recuerda que el marco regulatorio español es taxativo y no admite interpretaciones interesadas. El Artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores establece la subrogación automática ante la transmisión de una unidad productiva. Esto implica que el nuevo empresario asume todos los derechos y obligaciones laborales de la anterior etapa. «El comprador asume incluso los riesgos que no conocía y los que deliberadamente no le fueron comunicados. La clave jurídica no es la información recibida, sino la realidad existente en el momento de la transmisión», afirma Aguilar Romero.

Esta tesis viene reforzada por una jurisprudencia constante del Tribunal Supremo, que prioriza la protección del trabajador por encima de los defectos de información entre las empresas firmantes. En términos de negocio, el consultor es claro: «El riesgo laboral se transmite, aunque esté oculto».

Un impacto directo en la caja: «Pagar primero y discutir después»

Ante esta contingencia, la legislación no ofrece soluciones sencillas para la empresa entrante. Frente a las reclamaciones de los trabajadores (antigüedad, salarios o incumplimientos previos), el nuevo propietario debe responder de manera inmediata.

«Es una de las situaciones que más duele en un Consejo de Administración: la obligación de pagar primero y discutir después», señala Aguilar Romero. Aunque el comprador tiene la vía legal para reclamar responsabilidades a la empresa saliente por incumplimiento de contrato, el estratega advierte de que «eso ya representa otro pleito, otra inversión de tiempo y una enorme incertidumbre que lastra el retorno de la inversión de la compra».

El fallo no es jurídico, es de estrategia

Para el asesor de corporaciones, cuando este conflicto estalla, el diagnóstico es evidente: el error no se cometió en la firma de la compra, sino en la fase de estrategia previa.

«El empresario no falla en la oportunidad de negocio; falla al no identificar a la plantilla real, al no analizar las situaciones laborales fuera de contrato, al no exigir garantías cruzadas suficientes y al no contemplar escenarios de contingencia en la Due Diligence», concluye Aguilar Romero. Cuando los pasivos ocultos afloran, la dirección de la gran empresa deja de estar en fase de decisión para pasar, forzosamente, a fase de reacción.