La falta de sustento en servicios intragrupo, una estructura inadecuada de financiamiento y la ausencia de evidencia ante una caída de márgenes pueden generar reparos, sanciones y mayores costos fiscales.
El cierre fiscal es un momento clave para que las empresas revisen la consistencia de sus operaciones y subsanen posibles brechas antes de una fiscalización.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha reorientado sus acciones de control hacia un sistema centralizado que evalúa riesgos específicos en las transacciones entre compañías vinculadas.
De acuerdo con Pablo Sotomayor y Frank García, socio y asociado del área Tributaria del estudio Pérez-Llorca, Miranda & Amado, respectivamente, existen tres errores frecuentes que pueden elevar la exposición de las empresas frente a la administración tributaria.
No documentar adecuadamente los servicios intragrupo
Las empresas deben conservar evidencia suficiente que demuestre que los servicios entre compañías vinculadas fueron efectivamente prestados. También deben explicar cómo determinaron los costos, qué márgenes aplicaron y por qué el método de valoración utilizado resulta adecuado para la operación.
“Muchas compañías no verifican si la documentación de sus operaciones intragrupo refleja las condiciones actuales del negocio. En algunos casos, reutilizan estudios de años anteriores sin considerar los cambios del mercado o eligen un método de valoración sin un análisis previo. Estas deficiencias pueden abrir la puerta a costosas sanciones de la SUNAT”, indica García.
Por ello, los estudios deben actualizarse cuando cambien las condiciones del mercado o las características de la transacción, de manera que la valoración corresponda a la realidad de cada operación.
Riesgos en el financiamiento corporativo
Otro punto de atención es la deducción de intereses derivados de préstamos corporativos. Las reglas vigentes limitan el monto deducible al equivalente del 30% del EBITDA del ejercicio anterior, lo que puede tener un impacto significativo en las empresas locales financiadas por sus matrices en el extranjero.
Asimismo, los intereses derivados de estos préstamos pueden estar sujetos a una tasa del 30%, frente al 4,99% aplicable a determinados financiamientos otorgados por entidades bancarias internacionales independientes.
En este contexto, Pablo Sotomayor comenta que recurrir a intermediarios financieros con el único propósito de acceder a una tasa menor, sin contar con una justificación económica suficiente, constituye una estrategia de alto riesgo. “La SUNAT podría observar la operación y elevar considerablemente el costo tributario asumido por la empresa local”, agrega.
No sustentar las razones de una caída de márgenes
Cuando una compañía registra una reducción de sus márgenes, debe sustentar mediante un análisis de comparabilidad robusto y multianual. Para ello, es necesario documentar los factores económicos extraordinarios que pudieran afectar al sector, como la inflación, la menor demanda o las fluctuaciones del tipo de cambio.
Las empresas también pueden aplicar ajustes razonables vinculados con el capital de trabajo o el riesgo país. Además, resulta relevante separar las operaciones y demostrar que los márgenes obtenidos en transacciones con terceros independientes disminuyeron de manera proporcional.
Este análisis permite acreditar que la reducción responde a condiciones del mercado y no a una manipulación de precios entre compañías vinculadas.
Para reducir su exposición ante una fiscalización, ambos especialistas recomiendan que las empresas realicen revisiones internas antes del cierre fiscal, mantengan información consistente y actualizada sobre sus operaciones y utilicen herramientas que permitan monitorear continuamente sus principales indicadores tributarios. Una gestión preventiva permite detectar inconsistencias, fortalecer el sustento de las transacciones y responder oportunamente ante los requerimientos de la administración tributaria, puntualizan.




