La medida busca facilitar la adaptación de los contribuyentes al Sistema Integrado de Registros Electrónicos y permitirá subsanar determinadas infracciones vinculadas a su implementación.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) amplió la aplicación de la facultad discrecional para no sancionar administrativamente ciertas infracciones relacionadas con el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), con el objetivo de brindar mayores facilidades a los contribuyentes durante la etapa de adecuación al nuevo sistema.
La disposición fue establecida mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N.º 000032-2026-SUNAT/700000, publicada en el diario oficial, y contempla nuevos plazos para la regularización de registros electrónicos.
De acuerdo con la norma, los contribuyentes obligados a utilizar el SIRE desde el periodo mayo de 2026 podrán regularizar la generación de sus registros electrónicos y realizar los ajustes correspondientes hasta el 31 de agosto de 2026, sin recibir sanciones por las infracciones previstas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario.
Nuevos contribuyentes tendrán periodo de adecuación
La SUNAT también precisó que aquellos contribuyentes que adquieren la obligación de utilizar el SIRE desde el periodo junio de 2026 podrán acceder a esta facilidad respecto a las infracciones correspondientes a junio y julio de 2026.
En estos casos, el plazo máximo para efectuar la subsanación también será el 31 de agosto de 2026.
La entidad tributaria señaló que continuará desarrollando acciones inductivas para acompañar a los contribuyentes en la implementación del sistema y promover el cumplimiento adecuado de las obligaciones tributarias.
El SIRE forma parte de las herramientas impulsadas por la SUNAT para fortalecer la digitalización de los registros tributarios y facilitar los procesos relacionados con la gestión contable de los contribuyentes.



