El nuevo reglamento permite a la SUNAT intervenir en operaciones por internet, apps y plataformas digitales, reforzando el control tributario en la economía digital.
El Gobierno peruano dio un paso clave en la modernización del sistema tributario al aprobar el Decreto Supremo N.º 058-2026-EF, que amplía las facultades de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) para fiscalizar operaciones realizadas en entornos digitales, como compras por internet, aplicaciones móviles y plataformas de comercio electrónico.
Adaptación a la economía digital
La actualización del reglamento del fedatario fiscalizador —vigente desde 2003— responde al crecimiento sostenido del comercio electrónico y a la necesidad de supervisar transacciones que ya no ocurren únicamente en espacios físicos. Con esta norma, se reconoce expresamente que las obligaciones tributarias también se generan en entornos digitales, alineando el marco regulatorio con la transformación tecnológica de la economía.
Este cambio se sustenta en modificaciones previas al Código Tributario, que habilitaron el uso de herramientas como grabaciones de audio y video para documentar acciones de control. Ahora, el reglamento establece procedimientos concretos para aplicar estas herramientas en la práctica.
Fiscalización en plataformas digitales
Uno de los principales avances es la incorporación formal de la intervención digital como mecanismo de fiscalización. Los fedatarios podrán participar en operaciones en línea —como compras o contratación de servicios— para verificar el cumplimiento de obligaciones, especialmente la emisión de comprobantes de pago.
En este nuevo esquema, la identificación del fedatario se realizará mediante comunicaciones digitales firmadas electrónicamente, que serán enviadas al buzón electrónico del contribuyente. Estas incluirán detalles sobre el objetivo de la intervención, las acciones ejecutadas y los resultados preliminares.
Asimismo, las actas probatorias y demás documentos derivados del proceso podrán generarse y notificarse de manera electrónica, consolidando la digitalización del control tributario.
Nuevos procedimientos de control
El decreto redefine la forma en que los fedatarios realizan sus intervenciones. En el caso de operaciones digitales, podrán simular compras o contrataciones para verificar si el proveedor cumple con emitir comprobantes de pago. De detectarse irregularidades, se levantará un acta probatoria que sustente posibles sanciones.
También se regula la emisión de documentos como notas de devolución o restitución en formato digital, lo que permite dejar constancia de anulaciones o devoluciones en el marco de una fiscalización.
Mayor alcance de supervisión
La norma amplía significativamente el alcance de la fiscalización, permitiendo intervenciones no solo en establecimientos físicos, sino también en transacciones realizadas en marketplaces, aplicativos de delivery y otras plataformas digitales.
Además, los fedatarios mantienen facultades para inspeccionar locales, verificar documentación, intervenir en el traslado de bienes e incluso inmovilizar mercancías cuando se presuma evasión tributaria.
Validez probatoria en entornos digitales
El reglamento reafirma que las actas probatorias tienen plena validez como sustento de infracciones tributarias, incluso si el contribuyente se niega a firmarlas o recibirlas. En el ámbito digital, esta validez se garantiza mediante el uso de firmas electrónicas o digitales, que aseguran la autenticidad de los documentos.
Un paso hacia una fiscalización más eficiente
Con esta medida, el Perú fortalece su capacidad de control frente al crecimiento del comercio digital, incorporando herramientas tecnológicas que permiten una supervisión más eficiente y acorde a las nuevas dinámicas del mercado.
La ampliación de facultades de la SUNAT marca así un avance en la lucha contra la evasión tributaria y establece un marco más claro para los contribuyentes que operan en entornos digitales.






