¿Una ley que abre la puerta a la minería informal? Las cinco alertas del MINEM al Congreso

El Ministerio de Energía y Minas detalló cinco puntos críticos del predictamen de la Ley de Pequeña Minería y Minería Artesanal. Las advertencias apuntan a conflictos de competencias, posibles expropiaciones encubiertas, impactos ambientales y espacios normativos que podrían ser aprovechados por operadores informales.

Durante su participación en la Comisión de Energía y Minas del Congreso, el viceministro de Minas, Ronald Ibarra, expuso las principales observaciones del Ejecutivo al predictamen de la Ley de Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE). El documento, actualmente en discusión parlamentaria, ha encendido alertas dentro del Ministerio de Energía y Minas (MINEM) por su posible impacto en la regulación minera y el orden legal vigente.

Las observaciones abarcan desde la redefinición de competencias institucionales hasta los riesgos constitucionales asociados a servidumbres y exenciones penales. A continuación, un repaso de los cinco puntos clave:

1. Conflicto de competencias entre el MINEM y los gobiernos regionales

El artículo 5 del predictamen plantea que el MINEM conserve de forma exclusiva la fiscalización sobre la MAPE, sin delegación posible. Para el MINEM, esto vulnera la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que actualmente otorga esa función a las autoridades regionales en el caso de minería formalizada. Ibarra pidió mantener ese esquema, para evitar duplicidades o vacíos de fiscalización.

2. Incertidumbre tras el cierre del Reinfo

El actual proceso de formalización minera integral concluye en diciembre de 2025, lo que implica el cierre del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo). Sin embargo, el predictamen no precisa cómo se dará la transición hacia un nuevo régimen ni qué ocurrirá con los titulares actuales. El Ejecutivo advierte que esta falta de claridad podría dar lugar a ambigüedades que favorezcan a operadores no formales.

3. Riesgo de expropiación indirecta

El artículo 28, sobre servidumbres mineras, permitiría que un concesionario se vea obligado a ceder parte de su área a terceros. Para el MINEM, esta disposición vulnera el derecho a la propiedad reconocido en la Constitución y podría configurar expropiaciones indirectas sin el debido proceso. La consecuencia: posibles demandas millonarias contra el Estado por parte de concesionarios afectados.

4. Minería aluvial en zonas prohibidas

El predictamen flexibiliza el uso de maquinaria en cuerpos de agua para minería aluvial, contradiciendo el Decreto Legislativo 1100, que la prohíbe expresamente. Esta norma fue declarada constitucional por el Tribunal Constitucional en 2012, con base en el daño ambiental que generan las dragas en ríos y ecosistemas ribereños. El MINEM sugiere que cualquier cambio en este punto debe ir acompañado de un debate técnico amplio.

5. Inviabilidad de la exención penal

Finalmente, el Ejecutivo rechaza la propuesta de eximir de responsabilidad penal a los mineros en proceso de formalización. Aunque esta figura existe de forma limitada hoy, el Tribunal Constitucional ya se ha pronunciado en contra de extenderla, al considerar que violaría el derecho constitucional a un ambiente saludable. Para el MINEM, incluir esta exoneración en la nueva ley sería jurídicamente inviable.

Estas cinco observaciones del Ejecutivo apuntan a un debate más amplio sobre la sostenibilidad de la formalización minera en el Perú. Mientras el Congreso busca avanzar en una nueva legislación para la pequeña minería, el MINEM insiste en que el proceso no puede debilitar el marco normativo ni generar incentivos para la informalidad.