La nueva versión del procedimiento entrará en vigencia en enero de 2026 y establece requisitos, beneficios y responsabilidades para el comercio exterior peruano.
Nuevo marco regulatorio para operadores económicos
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó el procedimiento general “Certificación del operador económico autorizado” (DESPA-PG.29, versión 4), mediante Resolución de Superintendencia Nº 000281-2025/SUNAT, publicada en El Peruano. La norma entrará en vigencia el 1 de enero de 2026.
Los operadores que ya cuenten con la certificación tendrán un plazo de un año calendario para adecuarse a las nuevas disposiciones.
Requisitos y beneficios
El procedimiento establece los pasos para la obtención, mantenimiento y eventual cancelación de la certificación como Operador Económico Autorizado (OEA), así como las condiciones para solicitar su ampliación en caso de que intervengan otras entidades nacionales de control de mercancías.
Entre los beneficios, el OEA accede a mayores facilidades en las operaciones de comercio exterior, agilizando procesos de ingreso y salida de mercancías en el Perú.
Alcance y responsabilidades
El nuevo marco está dirigido a:
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Personal de la Sunat.
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Operadores de comercio exterior o intervinientes que soliciten la certificación.
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Operadores que ya cuentan con la certificación vigente.
La aplicación y cumplimiento de la norma estará a cargo de diversas instancias, entre ellas la Intendencia Nacional de Control Aduanero, la Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera, la Intendencia de Sistemas de Información, la Intendencia de Impugnaciones y las intendencias de aduana en todo el país.
Con esta actualización, la Sunat busca fortalecer la seguridad de la cadena logística internacional, alinear al Perú con estándares globales y reforzar la competitividad del comercio exterior.






