La SBS aprobó medidas extraordinarias que permitirán a las AFP reorganizar portafolios y asegurar liquidez frente al retiro de hasta cuatro UIT.
Un retiro masivo que obliga a replantear estrategias
Mientras avanza el registro de solicitudes para el retiro de hasta cuatro UIT, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP publicó un conjunto de medidas destinadas a reducir los impactos financieros que genera la liberación de fondos. Estas disposiciones modifican el Título VI del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Pensiones referido a inversiones y estarán vigentes desde diciembre de este año hasta julio del dos mil veintiséis. El objetivo es facilitar ajustes en los portafolios administrados y evitar presiones excesivas sobre la liquidez del sistema.
Reacomodo de portafolios para evitar ventas forzadas
La medida central autoriza a las AFP a transferir instrumentos de renta variable local desde el fondo tipo tres hacia los fondos tipo uno y dos, que concentran a la mayoría de afiliados activos. Este movimiento permitirá reducir exposición al riesgo y contar con liquidez suficiente para atender los retiros sin necesidad de ventas aceleradas de activos. La SBS advierte que el retiro anticipado altera la estrategia de inversión y puede afectar la tasa de reemplazo futura del afiliado si no se toman acciones extraordinarias.
Facultades excepcionales para enfrentar la demanda por liquidez
El paquete regulatorio incorpora nuevas herramientas temporales que las AFP podrán usar mientras dure este periodo de retiros, todas dirigidas a mantener estabilidad y evitar impactos severos en los fondos. Entre estas acciones se encuentran operaciones de reporte directamente con empresas del sistema financiero y préstamos de bonos del gobierno peruano entre fondos con retribuciones alineadas a tasas de mercado. También se flexibilizan los límites de negociación en la compra y venta de moneda extranjera y se fijan límites por emisor para inversiones en deuda soberana extranjera con calificación internacional igual o superior a BBB menos. A ello se suma la posibilidad de realizar operaciones con derivados, como futuros sobre títulos de deuda de Estados con calificación internacional y sobre equity, dentro de los márgenes que establece la norma vigente.
Responsabilidad fiduciaria en un contexto de presión sobre los fondos
La SBS recuerda que todas estas operaciones deben ejecutarse respetando el artículo veintiuno B de la Ley del Sistema Privado de Pensiones, que establece la responsabilidad fiduciaria de las AFP. Esta norma obliga a las administradoras a priorizar siempre el interés del afiliado al decidir cada movimiento de inversión, especialmente en un escenario de alta demanda de liquidez.
Los siete retiros previos y el impacto acumulado sobre el sistema
Desde el dos mil veinte el Perú ha aprobado siete retiros de fondos privados de pensiones como respuesta a la crisis económica y sanitaria. El primero permitió retirar hasta dos mil soles, seguido por la liberación del veinticinco por ciento del fondo con un tope de tres UIT. Posteriormente se autorizó otro desembolso de dos mil soles para trabajadores afectados por suspensión perfecta y meses después un retiro de hasta cuatro UIT. En dos mil veintiuno se aprobó la liberación de hasta diecisiete mil seiscientos soles y en dos mil veintitrés el retiro fue de hasta dieciocho mil cuatrocientos. El año pasado se autorizó el séptimo retiro por un máximo de veinte mil seiscientos soles. Cada una de estas medidas ha presionado la estructura de inversiones y ha reducido montos disponibles para pensiones futuras, razón por la que la SBS impulsa ahora un marco temporal más flexible.
Proyección económica
El retiro en curso vuelve a poner a prueba la capacidad de las AFP para equilibrar liquidez, rentabilidad y estabilidad de largo plazo. La efectividad de estas disposiciones extraordinarias dependerá de la velocidad en la que ingresen las solicitudes y de las condiciones de los mercados financieros locales y externos durante los próximos meses.






