De la alianza al enfrentamiento: el conflicto entre Grupo Aje e ISM por las marcas Kola Real, Cielo y Oro

En una disputa que involucra al Indecopi y al Poder Judicial, las empresas ligadas a la familia Añaños se enfrentan por el uso y propiedad de marcas emblemáticas del mercado peruano de bebidas.

El origen de una historia compartida

La historia empresarial de la familia Añaños, creadora de Kola Real, marcó un antes y un después en la industria peruana desde finales de los años ochenta. Lo que nació como un emprendimiento familiar en Ayacucho derivó en dos grandes grupos: Ajeper (Grupo AJE) y Embotelladora San Miguel del Sur (ISM).

Durante décadas compartieron marcas y mantuvieron una sólida relación comercial, amparada en un contrato de donación suscrito en 2002 que permitía el uso conjunto de signos distintivos como Kola Real, Cielo y Sabor de Oro. Sin embargo, esa coexistencia llegó a su fin en 2024.

Inicio de la disputa ante Indecopi

En marzo de 2024, ISM denunció a Ajeper por competencia desleal en la modalidad de denigración, acusándola de haber enviado comunicaciones a clientes corporativos insinuando un uso ilegítimo de las marcas compartidas.
El Indecopi admitió la denuncia y consideró inicialmente que los mensajes de Ajeper eran “denigratorios y no veraces”, dado que ISM contaba con autorización para emplear los signos registrados.

Ajeper respondió argumentando que el contrato de donación establecía límites al uso y transferencia de los derechos, y que su accionar se enmarcó en la defensa de sus intereses comerciales y reputacionales.

Procesos paralelos en el Poder Judicial

A la par, Ajeper informó que las controversias sobre el contrato se encontraban judicializadas en procesos iniciados por Inversiones Huancayo, vinculada al Grupo AJE.
Sin embargo, el Poder Judicial determinó que dicha empresa carecía de legitimidad para actuar, al no haber sido parte del contrato original.

Durante las audiencias de octubre y noviembre de 2024, ISM alegó que la donación abarcaba solo un grupo limitado de marcas, mientras que Ajeper insistió en la interpretación restrictiva del acuerdo.

El fallo y las consecuencias

El 26 de noviembre de 2024, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal declaró infundada la denuncia de ISM. No obstante, la empresa apeló y presentó nueva evidencia, lo que llevó a una revisión del caso.

En agosto de 2025, la Sala Especializada en Defensa de la Competencia de Indecopi emitió la Resolución 0180-2025/SDC-INDECOPI, confirmando parcialmente el fallo anterior y sancionando a Ajeper con una multa de 68.01 UIT (S/ 363,853.50).
El organismo consideró que algunas comunicaciones sí afectaron la reputación de ISM al sugerir un uso irregular de las marcas.

Una relación empresarial fracturada

El caso continúa en apelación, prolongando una disputa que pone fin a una de las alianzas familiares más emblemáticas de la industria de bebidas peruana.
Lo que alguna vez fue un modelo de expansión conjunta hoy se convierte en un símbolo del riesgo de los acuerdos de propiedad compartida en un mercado cada vez más competitivo.