¿Sucursal o Subsidiaria? Conoce la mejor opción para expandir tu negocio

Sus diferencias en responsabilidad, tributación y control pueden impactar significativamente en los resultados. Expertos recomiendan evaluar bien según el objetivo del negocio.

El Perú continúa atrayendo a empresas extranjeras que buscan expandirse en América Latina, ya sea por oportunidades de negocio, licitaciones con el Estado o inversión en nuevos sectores. Sin embargo, una de las primeras decisiones legales que debe tomar el empresario es cómo constituir su presencia en el país: ¿abrir una sucursal o formar una subsidiaria?

Ambas figuras son válidas, pero tienen diferencias importantes que afectan la operación, los impuestos y los riesgos legales. Bruno Rojas Marallano, abogado especialista en Derecho Corporativo del Estudio Fuentes, detalla las principales características de cada opción y qué conviene según el caso.

“La sucursal es una extensión directa de la empresa matriz. No tiene personalidad jurídica propia y todo lo que le ocurra legal o tributariamente en Perú puede afectar directamente a la empresa del extranjero”, explica Rojas. “En cambio, una subsidiaria sí es una empresa nueva, constituida en Perú, con responsabilidad limitada y su propia personalidad jurídica”.

Principales diferencias y ventajas

La sucursal requiere un acuerdo formal de los accionistas de la empresa matriz para su apertura. Aunque no es una entidad independiente, permite operar con todas las capacidades técnicas, económicas y contractuales de la casa matriz. Esto representa una ventaja clave en procesos de licitación, tanto públicos como privados.

“Si una empresa busca participar en licitaciones con el Estado o entidades privadas, muchas veces conviene una sucursal, ya que permite abstraer la experiencia técnica y económica de la matriz. Esto es clave porque en muchos concursos, las bases lo solicitan expresamente”, afirma Rojas.

Además, la sucursal está obligada a tributar desde el primer día bajo el Régimen General, lo que implica pagar el 29.5% de impuesto a la renta. También debe contar con un Representante Legal Permanente, quien asume toda la responsabilidad legal, civil, tributaria y laboral de la operación en el país.

En contraste, la subsidiaria se constituye como una empresa peruana, con la opción de tener capital extranjero. Para ser considerada como tal, al menos el 30% de sus acciones debe estar en manos de la compañía extranjera. Su gran ventaja es que la matriz no responde por las deudas o problemas legales que puedan surgir en Perú. Además, puede acogerse al Régimen Mype Tributario, siempre que califique, lo cual representa beneficios fiscales importantes:

  • 10% de impuesto a la renta sobre las primeras 15 UIT generadas.
  • 29.5% de impuesto solo al superar ese umbral.

Esto la convierte en una opción atractiva para empresas que están en fase de prueba o crecimiento controlado.

Rojas detalla que, si el objetivo es mantener control total desde la matriz y aprovechar la experiencia internacional, la figura de la sucursal resulta ideal. Pero si se prioriza la autonomía legal, la reducción del riesgo y los beneficios fiscales de una operación local independiente, la subsidiaria es la mejor opción.

“En ambos casos, contar con asesoría legal especializada en normativa peruana es fundamental para implementar correctamente la estrategia y asegurar el cumplimiento normativo desde el primer día”, explica.