Procedimiento de levantamiento hipoteca bancaria

Por: José Darío Dueñas Sánchez (*)

Una de las garantías que toda persona protege al solicitar un crédito en las entidades financieras, es la garantía hipotecaria. Una vez que cancelamos la deuda con las entidades debemos liberarla para “estar tranquilos” en los procedimientos y dejar libre la propiedad a nuestro nombre como lo era antes de solicitar el préstamo.

Sin embargo, este paso de desafectar la garantía cancelando el préstamo, muchas veces es un “dolor de cabeza” los procedimientos, documentos y un largo etcétera. El levantamiento de hipoteca es el proceso mediante el cual se cancela una hipoteca inscrita en los Registros Públicos. Si has pagado completamente tu crédito hipotecario y deseas dejar sin efecto la hipoteca, aquí está el procedimiento que debes seguir:

  • Minuta de Levantamiento de Hipoteca:

El acreedor de la obligación garantizada (por ejemplo, un banco, caja, etc.) debe otorgar una minuta de levantamiento de hipoteca. En esta minuta, se deben indicar datos como la partida registral (tomo y foja, ficha o partida electrónica) y la oficina donde está inscrita la hipoteca.

La minuta original se queda en la notaría, y se elabora una escritura pública.

  • Notario y Escritura Pública:

Acude a un notario para que eleve esa minuta a una escritura pública.

La escritura pública debe ser firmada por el acreedor de la obligación (representantes del banco), formalizando así la voluntad de levantar la hipoteca.

  • Presentación al Registro:

El notario emite un parte notarial (una reproducción idéntica de la escritura pública) para su presentación al registro a través del Sistema de Intermediación Digital (SID Sunarp).

Debes pagar la tasa registral correspondiente (actualmente es de S/34.00).

Después de 7 días, la oficina de Registros Públicos emitirá una respuesta indicando si el levantamiento de hipoteca fue inscrito, liquidado u observado.

https://scr.sunarp.gob.pe/faq/levantamiento-de-hipoteca/

Debemos tener en cuenta que la tasa a pagar ante la SUNARP, es importante tomar nota que las tasas a considerar son:

Las tasas aplicables son las siguientes:

  1. Tasa aplicable a un acto valorizado hasta S/ 35 000.00:

S/ 34.00 como tasa fija de calificación.
Valor de la hipoteca multiplicado por 0.75 y luego dividido entre 1000 como tasa de inscripción.

  1. Tasa aplicable a un acto valorizados en más de S/. 35 000.00:

S/. 34.00 como tasa fija de calificación.
Valor de la hipoteca multiplicado por 1.5 y luego dividido entre 1000 como tasa de inscripción.

El levantamiento de la hipoteca es pagado por el propietario del inmueble al momento de finalizar el pago del crédito.

En resumen, es importante sabiendo la fecha última de pago, acercarse a las oficinas de la Sunarp, coordinar con la entidad bancaria y tener todos los documentos en orden para realizar la gestión apenas finalice la cancelación de la deuda o préstamo con la garantía hipotecaria.