El operador del terminal sostiene que el marco legal respalda su condición de puerto privado y confirma que paga el 1% de aporte regulatorio bajo protesta mientras se resuelve el proceso judicial.
El debate sobre el modelo de supervisión del megapuerto de Chancay vuelve al centro de la agenda. Cosco Shipping Ports, operador del terminal, defendió el régimen privado bajo el cual funciona la infraestructura y descartó que exista ausencia del Estado en sus operaciones, en medio de la controversia con el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público, Ositrán.
Gonzalo Ríos Polastri, gerente general adjunto del puerto, afirmó que en Chancay operan de manera permanente diversas entidades públicas encargadas del control y fiscalización. Según explicó en entrevista radial, en el terminal están presentes la Autoridad Portuaria Nacional, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, el Ministerio de Transportes, autoridades ambientales y Aduanas, para la cual incluso se construyó un edificio propio dentro del complejo.
“En el puerto de Chancay están presentes todas las organizaciones del Estado que ejercen control sobre la carga, los volúmenes, las transacciones, ingresos y salidas”, sostuvo.
El alcance de la supervisión de Ositrán
El ejecutivo indicó que el conflicto con Ositrán no es reciente y responde a una discusión sobre el alcance de las competencias del regulador en puertos de titularidad privada. Según detalló, inicialmente el organismo buscó equiparar el régimen de supervisión de Chancay al de los puertos concesionados, los cuales son de titularidad pública.
Ríos Polastri señaló que la Ley del Sistema Portuario establece que Ositrán solo interviene en puertos privados cuando existen aspectos de competencia definidos por otra autoridad. Añadió que actualmente el propio regulador habría acotado su posición al ámbito de protección de usuarios, dejando de lado la regulación de calidad de servicio y otras funciones.
Recordó además que el Poder Judicial emitió un primer pronunciamiento favorable al puerto, considerando que el modelo se ajusta a la Constitución en materia de promoción de la inversión privada y estabilidad jurídica.
Puerto privado de uso público, ¿qué implica?
Uno de los ejes del debate es la clasificación de Chancay como puerto privado de uso público. El representante de Cosco explicó que esta condición está definida por ley y no por decisión empresarial.
Precisó que uso público significa que el puerto está abierto a cualquier usuario, pero que la misma normativa señala que los puertos de titularidad privada, incluso cuando brindan servicios de uso público, no deben ser supervisados ni regulados automáticamente por Ositrán.
Agregó que la legislación permite que puertos privados de uso privado destinen hasta el 70% de su capacidad a uso público sin que ello implique intervención del regulador.
Defensa de usuarios y mecanismos de solución
Ante los cuestionamientos sobre una eventual desprotección de exportadores e importadores, el ejecutivo sostuvo que existen diversos mecanismos para resolver controversias. Indicó que las relaciones entre el puerto y sus clientes se rigen por contratos entre privados, pero que también pueden recurrir a arbitrajes, a Indecopi, a la Autoridad Portuaria Nacional y a procedimientos de solución de controversias publicados por la propia empresa.
Enfatizó que la defensa de usuarios no es competencia exclusiva de Ositrán y que su rol se justifica principalmente cuando se trata de bienes públicos entregados en concesión, situación que, según afirmó, no corresponde al caso de Chancay.
Pago del 1% bajo protesta
En relación con el aporte por regulación equivalente al 1% de las ventas, Ríos Polastri confirmó que el puerto lo viene pagando desde el inicio de la etapa operativa, aunque bajo protesta.
“Hemos sido respetuosos del marco institucional y hemos pagado el aporte, pese a que consideramos que no corresponde. Desde junio del año pasado hemos desembolsado cerca de medio millón de dólares”, detalló.
Señaló que, una vez que concluya el proceso judicial, la empresa evaluará las acciones necesarias para proteger sus derechos.
Finalmente, el directivo descartó que el megapuerto cuente con un régimen privilegiado, incluyendo el uso del área acuática, y sostuvo que los pagos realizados responden a tasas previstas en la normativa vigente y a trámites regulares ante el Estado. El desenlace del litigio podría sentar un precedente clave para el futuro de los puertos privados en el Perú.






