Megapuerto de Chancay y el vacío regulatorio que inquieta al Estado

Ositrán alerta que un reciente fallo judicial podría dejar sin protección a los usuarios del mayor proyecto portuario del país y sentar un precedente que debilita el control estatal sobre servicios de uso público.

El Megapuerto de Chancay, una de las inversiones logísticas más ambiciosas de la región, quedó en el centro de un debate que trasciende lo judicial y toca de lleno la arquitectura regulatoria del Estado. Un fallo del Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima declaró fundada una acción de amparo a favor de Cosco Shipping Ports Chancay Perú y dispuso que el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público, Ositrán, se abstenga de ejercer funciones de supervisión y fiscalización sobre el terminal.

La presidenta de Ositrán, Verónica Zambrano, expresó su preocupación por las implicancias de esta decisión, al advertir que se estaría configurando un régimen normativo excepcional para una empresa que presta servicios al público sin estar sujeta al control de un regulador especializado. En entrevista con RPP, señaló que se trataría de la única empresa en el país que brinda servicios portuarios de uso público sin supervisión sobre la forma en que atiende a sus usuarios.

Usuarios sin un ente que los respalde

El fallo judicial ordena a Ositrán abstenerse de ejercer sus facultades de regulación, supervisión, fiscalización y sanción sobre las operaciones en Chancay. Según Zambrano, esta restricción recorta de manera directa la capacidad del Estado para verificar el cumplimiento de los derechos de los usuarios finales, entre ellos importadores, agentes de aduana y propietarios de carga.

La titular del organismo advirtió que, sin la intervención del regulador, los usuarios quedarían en una situación de vulnerabilidad, al no existir una entidad encargada de garantizar el acceso a información transparente, la no discriminación en el trato comercial y la posibilidad de presentar reclamos ante una instancia técnica e independiente.

El debate sobre inversión privada y servicio público

El sustento del fallo judicial y la posición de Cosco Shipping se apoyan en que el megapuerto es una infraestructura de propiedad privada, financiada íntegramente por la empresa, sin subsidios estatales ni contrato de concesión. Desde esa lógica, su defensa legal sostiene que la competencia con otros puertos actuará como un mecanismo natural de disciplina sobre tarifas y calidad de servicios.

Zambrano cuestionó ese argumento al recordar que, aunque la inversión sea privada, la empresa optó por prestar un servicio de uso público y opera sobre 180 hectáreas de mar peruano, un recurso que pertenece al dominio público. En ese sentido, subrayó que todo inversionista está sujeto a distintos niveles de fiscalización estatal, desde aspectos laborales y tributarios hasta la protección de los usuarios, un ámbito que no es cubierto ni por la Autoridad Portuaria Nacional ni por Indecopi.

Un precedente con impacto sistémico

Para Ositrán, el riesgo no se limita al caso Chancay. La creación de un régimen excepcional podría sentar un precedente que altere las reglas del juego para futuras inversiones en infraestructura de uso público, debilitando el rol del Estado como garante de equilibrio entre inversión privada, competencia y derechos de los usuarios.

Aunque el organismo aún no ha sido notificado formalmente con el texto completo de la resolución, su presidenta confirmó que la decisión será apelada de inmediato. El objetivo es revertir lo que considera un esquema privilegiado que, de mantenerse, podría afectar la confianza en el sistema regulatorio y generar distorsiones en uno de los sectores clave para la competitividad del país.