Megapuerto de Chancay entra en nueva disputa legal que pone en juego la supervisión estatal

La PCM anuncia recursos procesales contra el fallo que limita la fiscalización de OSITRÁN y abre un debate sobre regulación e inversión extranjera en infraestructura estratégica.

La Presidencia del Consejo de Ministros anunció que interpondrá las acciones judiciales correspondientes contra el fallo del Poder Judicial que restringe la fiscalización de OSITRÁN en el megapuerto de Chancay, infraestructura considerada clave para el posicionamiento logístico del Perú en el Pacífico y el comercio con Asia.

La decisión judicial, emitida en primera instancia, favorece a Cosco Shipping y dispone que el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público se abstenga de ejercer funciones regulatorias, supervisoras, fiscalizadoras y sancionadoras en el terminal portuario. Además, declara inaplicables diversas normas que sustentan sus competencias en esta concesión.

Impacto regulatorio y señal al mercado

Desde la PCM se recordó que el Perú opera bajo una economía social de mercado, donde la iniciativa privada es libre y la inversión nacional y extranjera se rige por las mismas condiciones, conforme al artículo 63 de la Constitución. En esa línea, el Ejecutivo reiteró que la promoción de la inversión extranjera es política de Estado, pero debe desarrollarse dentro del marco normativo vigente.

El pronunciamiento subraya que el Terminal Portuario de Chancay, de propiedad de Cosco Shipping, debe cumplir con el ordenamiento jurídico peruano, incluyendo la regulación en materia de seguridad portuaria y las competencias de las entidades de control.

En términos económicos, el caso introduce un elemento de incertidumbre regulatoria en uno de los proyectos de infraestructura más relevantes de los últimos años, cuyo desarrollo ha sido seguido de cerca por inversionistas, operadores logísticos y actores del comercio exterior.

Alcances del fallo y respuesta institucional

El fallo judicial ordena que únicamente OSITRÁN se abstenga de intervenir en el megapuerto, mientras que otras entidades mantienen sus funciones de supervisión y control. Entre ellas se encuentran la Autoridad Portuaria Nacional, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental y la Municipalidad Distrital de Chancay.

La PCM señaló que, de configurarse los supuestos establecidos en la resolución, hará uso de los recursos procesales que la ley faculta para defender las competencias regulatorias del Estado. En paralelo, la presidenta de OSITRÁN, Verónica Zambrano, informó que la entidad apelará la medida dictada en primera instancia.

Desde una perspectiva institucional, el caso no solo enfrenta a una empresa operadora con el regulador sectorial, sino que plantea un debate más amplio sobre el alcance de la supervisión estatal en proyectos de gran escala y el equilibrio entre promoción de inversión y seguridad jurídica.

El megapuerto de Chancay es visto como una pieza estratégica para convertir al Perú en un hub logístico regional. En ese contexto, la definición de las reglas de supervisión y fiscalización será determinante para la confianza del mercado y la sostenibilidad del proyecto en el largo plazo.