EY Perú: ¿Qué deben tener en cuenta las empresas para contratar personal extranjero?

La contratación de personal extranjero en las empresas requiere un conocimiento profundo de los requisitos legales y las mejores prácticas para asegurar una integración efectiva.

La contratación de personal extranjero en el Perú está sujeta a una serie de condiciones legales que, de no cumplirse, pueden generar la imposición de sanciones para las compañías. Las multas se calculan en función del valor de la UIT y oscilan entre S/ 14,070.5 (en el caso de 1 a 10 trabajadores afectados) y S/ 281,035.5 (más de 1000 trabajadores afectados). Por ello, las empresas deben ser muy diligentes al momento de contratar personal extranjero, y siempre contar con el respaldo legal adecuado.

“En nuestro país contamos con la Ley de Contratación de Trabajadores Extranjeros y su Reglamento, los cuales detallan los requisitos para este tipo de contratación e indican la necesidad de que el extranjero tenga una habilitación migratoria para poder prestar sus servicios. Es fundamental comprender correctamente esta normativa, porque contratar personal extranjero sin tomar en cuenta estas regulaciones puede generar sanciones y la inhabilitación de este personal lo que afectaría la organización de una empresa y el desarrollo de las actividades que requieren personal extranjero por alguna calificación especial”, explica Valeria Galindo, Socia del Área Laboral de EY Perú.

Para iniciar el proceso de contratación, es fundamental que las empresas reúnan la documentación necesaria según el marco normativo vigente. EY Perú presenta cuatro puntos clave a considerar:

  • Para el inicio de los procesos migratorios se debe requerir a los extranjeros la documentación necesaria. Entre los documentos figuran:
  1. Pasaporte vigente (mínimo 6 meses).
  2. Certificado negativo de antecedentes criminales del país de origen o en el que hayan tenido residencia en los últimos 5 años.
  3. Partida de nacimiento y/o matrimonio, según corresponda.
  4. Copia de sus títulos profesionales.

Toda la documentación generada en el extranjero debe ser apostillada (Convenio de la Haya de la apostilla) o legalizada consularmente para tener validez en el Perú.

  • Asegurarse de que el trabajador tenga la habilitación migratoria para ingresarlo a planilla: La compañía deberá verificar que el extranjero ya cuenta con una visa que le permita prestar servicios en el Perú. Entre las habilitaciones migratorias que permiten a un extranjero trabajar figuran:
    • Trabajador: Para actividades subordinadas e independientes.
    • Permanente: Para quienes tienen 3 años de residencia continua.
    • Familiar: Para quienes tienen un familiar peruano o extranjero residente.
    • Mercosur: Para ciudadanos de países que pertenecen al Acuerdo Mercosur.
    • Migrante Andino: Para ciudadanos miembros de la Comunidad Andina de Naciones.

Cabe resaltar que, además de la calidad migratoria, se requiere un contrato de trabajo, el cual debe ser aprobado por el Ministerio de Trabajo, en el caso de las actividades dependientes. Según el tipo de visado, el contrato podría haber sido firmado de manera previa a la aplicación de la visa.

  • Realizar un control de vencimiento de los visados y contratos de trabajo: Contratar a un trabajador con visa vencida o mantener en planilla a uno que no ha hecho renovación puede generar la imposición de una multa en caso de inspección. Lo mismo ocurre si el contrato no ha sido renovado. Dado ello, recomendamos a las empresas tener un control estricto de vencimiento de manera tal que pueda presentar las renovaciones con la anticipación debida.
  • Cumplir con la normativa laboral, de seguridad social y tributaria: Es importante tener en cuenta que en tanto este personal preste servicios para una empresa peruana debe aplicar la normativa laboral de nuestro país, haciendo un registro del 100% del salario que recibe por el trabajo realizado en el Perú, así como registrar al trabajador en la seguridad social y pagar sus impuestos y contribuciones sociales, como es el caso del pago de la contribución a EsSalud (9%) y la retención del aporte a la AFP (10% de su remuneración). Ello aplica incluso si el personal se encuentra registrado en la planilla de su país de origen,

“Es fundamental que las empresas adopten un enfoque proactivo y estratégico en la contratación de personal extranjero, cumpliendo la normativa y con ello darse la posibilidad de contratar este personal, el cual muchas veces viene con una experiencia y calificación distinta que beneficia a la plana local”, finaliza Galindo.