El Senace renueva su compromiso de fortalecer el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental

Al cumplirse 20 años de la creación de este sistema en el Perú.

“El Senace renueva su compromiso de fortalecer el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) a través de la mejora continua del modelo de evaluación de impacto ambiental a cargo de la entidad, implementando evaluaciones de calidad técnica y generando confianza en este proceso”, señaló el presidente ejecutivo de la entidad, Alberto Barandiarán.

Al cumplirse 20 años de creación del SEIA, el Senace destacó su importancia como sistema único y coordinado para la identificación, prevención, supervisión y corrección anticipada de impactos ambientales negativos de los proyectos de inversión, en el Perú.

El SEIA tiene al Ministerio del Ambiente como ente rector y la integran, además del Senace, autoridades de los tres niveles de gobierno, autoridades fiscalizadoras, opinantes técnicos, titulares de los proyectos de inversión y consultoras ambientales.

Su labor se estructura bajo los principios de evaluación integrada del impacto ambiental, intervención informada, responsabilidad compartida entre el Estado, los inversionistas y la participación ciudadana, y eficacia en la viabilidad ambiental de políticas y proyectos.

La Ley N° 27446 que creó el SEIA fue publicada el 23 de abril del 2001 y entre sus objetivos establece un proceso para las evaluaciones de impacto ambiental de los proyectos de inversión público y privado, además de la obligatoriedad de la certificación ambiental.

Precisamente, el otorgamiento de la certificación ambiental a los proyectos de inversión, de manera oportuna, transparente y con calidad técnica y confiable, es considerado como la misión principal del Senace, desde su creación en 2012.

Categorías

La Ley del SEIA establece 3  categorías en los que deberán ser clasificados los proyectos de inversión que requieran de la certificación ambiental, de acuerdo al riesgo ambiental: la primera es la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), aplicable a los proyectos que podrían generar impactos ambientales negativos leves.

La segunda es el Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd), aplicable a los proyectos que podrían generar impactos ambientales negativos moderados; y finalmente, el Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d), para los que podrían generar impactos ambientales negativos altos.

De otro lado, la misma Ley del SEIA señala que, en el caso de políticas, planes o programas de desarrollo sectorial, regional y local que puedan originar implicaciones ambientales significativas, corresponde aplicar una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE).