La SUNAT actualizó el régimen de gradualidad para quienes no presentan sus declaraciones a tiempo, con beneficios más amplios para quienes regularizan antes de ser notificados.
Actualización del régimen de sanciones de la SUNAT
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria publicó la Resolución de Superintendencia 000355 2025 SUNAT, que modifica los criterios de gradualidad aplicables a la multa del artículo 176 del Código Tributario. El objetivo es facilitar la corrección de declaraciones omitidas o inválidas del Impuesto a la Renta, tanto por iniciativa propia como después de una notificación de la entidad. Con esta actualización, los contribuyentes que regularicen a tiempo pueden acceder a descuentos superiores respecto del esquema anterior.
Modificaciones al reglamento vigente
La resolución incorpora cambios en los artículos 11, 12 y 13 del reglamento de gradualidad aprobado en 2007 y también ajusta partes del Anexo II. Entre los elementos destacados se encuentran nuevas referencias a los artículos 13 B y 13 C y precisiones sobre el pago de la multa, el proceso de subsanación y el uso del régimen de gradualidad cuando no correspondan las reglas especiales. La actualización incluye además una nueva nota en el Anexo II que detalla cuándo aplicar este sistema en casos donde no calzan los artículos antes mencionados.
Alcance de las declaraciones incluidas
La principal novedad es el artículo 13 C, que fija reglas de gradualidad para multas relacionadas con la omisión de declaraciones del Impuesto a la Renta de primera y cuarta categoría y la declaración anual de contribuyentes que no declaran en tercera categoría. Este artículo establece descuentos altos que van del noventa y seis al ciento por ciento, todo dependiendo de si el contribuyente subsana de forma voluntaria o después de una notificación. Si la declaración no es considerada válida por errores en el número de RUC o en el período declarado, los beneficios se ajustan únicamente a lo que indica el reglamento general.
Formas de regularizar una omisión tributaria
La subsanación voluntaria permite acceder a la rebaja más amplia porque se realiza antes de cualquier comunicación de la SUNAT. La subsanación inducida corresponde a la regularización posterior a una notificación. Para ambos casos es necesario presentar la declaración omitida o usar el formulario virtual de modificación cuando corresponda. La norma precisa que los pagos deben cubrir la multa ajustada con el descuento y los intereses generados. La disposición transitoria indica que el nuevo régimen también puede aplicarse a infracciones anteriores siempre que el contribuyente no haya usado otro beneficio y cumpla las condiciones establecidas.
Panorama para los contribuyentes
La actualización del régimen de gradualidad reduce la presión inmediata sobre quienes omiten una declaración pero también refuerza la necesidad de regularizar a tiempo para acceder a los mayores beneficios. El énfasis está en incentivar correcciones tempranas y mantener la correcta presentación del Impuesto a la Renta en todas las categorías incluidas en la norma.






