Empresas peruanas fortalecen defensa fiscal con Estudio de Rango de Mercado para operaciones entre Partes Relacionadas

Más de S/850 millones en ajustes por precios de transferencia realizó la Sunat en 2024, y la cifra seguiría en aumento este año. 

En el actual contexto tributario peruano, el Estudio de Rango de Mercado (ERM) ó Benchmarking se posiciona como una herramienta clave para las empresas que realizan operaciones con Partes Relacionadas pero que no alcanzan los umbrales establecidos para la obligación formal de presentar el Estudio de Precios de Transferencia ó el Reporte Local . Aunque estas empresas no están obligadas a declarar, la Sunat conserva su facultad de fiscalización y puede realizar ajustes si detecta precios fuera de mercado.

“Muchas compañías creen erróneamente que no serán observadas si no están obligadas a presentar el Reporte Local o el Reporte Maestro . Sin embargo, la Sunat puede revisar cualquier operación entre Partes Relacionadas si no se demuestra que fue pactada a valores de mercado. Aquí es donde el ERM cobra importancia como medida preventiva”, advierte Carlos Vargas Alencastre, CEO en TPC Group, firma especializada en precios de transferencia.

Vargas Alencastre enfatiza que según la normativa vigente, las empresas sólo están obligadas a presentar el Reporte Local de Precios de Transferencia si sus operaciones con empresas vinculadas superan los S/ 2 millones y en total tengan ventas superiores a S/11´8 millones . Sin embargo, eso no significa que estén libres de revisión. Todas las operaciones entre Partes Relacionadas, sin importar su monto, deben hacerse a precios de mercado. Si no lo hacen, la Sunat puede intervenir y hacer ajustes.

En ese marco, el ERM permite demostrar que los precios, márgenes o condiciones pactadas se alinean con los valores de mercado, utilizando metodologías aceptadas por la OCDE. Su elaboración, aunque no obligatoria, es plenamente válida como evidencia técnica ante un proceso de fiscalización.

“Vemos un creciente interés por el ERM en empresas medianas, holdings familiares y grupos con operaciones sensibles como servicios intragrupo, préstamos, regalías o intangibles. El ERM les permite sustentar sus decisiones sin necesidad de elaborar un estudio completo, pero con la misma solidez técnica”, señala Vargas Alencastre.

Detalla que en el 2024, los ajustes tributarios por precios de transferencia superaron los S/850 millones, y las proyecciones para 2025 indican un incremento sostenido, en línea con una política de control fiscal más agresiva por parte de la Sunat, especialmente frente a estructuras corporativas transnacionales y operaciones recurrentes con matrices extranjeras.

“El ERM no es solo una obligación que se anticipa; es una herramienta estratégica. Su preparación puede marcar la diferencia entre una fiscalización cerrada sin observaciones o una contingencia millonaria. El enfoque hoy debe estar en prevenir, no en reaccionar”, concluye el CEO de TPC Group.