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lunes, octubre 19, 2026
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SUNAT posterga hasta 2027 nuevas obligaciones para usuarios de hidrocarburos: ¿qué deben preparar las empresas?

La medida otorga cinco meses adicionales para adecuarse a las nuevas exigencias de registro y reporte de operaciones.

La SUNAT postergó hasta el 1 de febrero de 2027 la aplicación de las nuevas disposiciones sobre registro de operaciones y presentación de información para los usuarios de hidrocarburos. La medida, establecida mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000170-2026/SUNAT, responde a la necesidad de otorgar un mayor periodo de adecuación debido al volumen de operaciones que manejan estas empresas. La norma inicialmente contemplaba su aplicación desde el 1 de septiembre de 2026.

“Esta postergación no debería interpretarse como una eliminación o flexibilización de la obligación, sino como una oportunidad para que las empresas puedan revisar sus procesos y llegar preparadas a la nueva fecha de aplicación. En actividades con un alto volumen de operaciones, la calidad y trazabilidad de la información son fundamentales para cumplir correctamente con los nuevos requerimientos”, señala Vicente Cruz, CEO de Sheriff, quien además nos cuenta tres aspectos a los que deberían estar atentos las empresas.

  • Revisar sus sistemas de registro: deberán verificar que sus herramientas y procesos internos puedan recopilar y organizar adecuadamente la información de sus operaciones, evitando depender de procesos manuales que puedan generar inconsistencias.
  • Fortalecer la trazabilidad de las operaciones: la normativa contempla el registro de operaciones vinculadas con los insumos químicos y la comunicación de situaciones como pérdidas, derrames, excedentes y desmedros, además de determinadas denuncias relacionadas con robo, apropiación ilícita, estafa y otras defraudaciones.
  • Preparar la información desde ahora: las empresas de hidrocarburos tendrán que considerar en su inventario inicial el stock correspondiente y las compras e importaciones realizadas hasta el 31 de enero de 2027. Asimismo, el primer mes que deberán declarar será febrero de 2027.

La importancia de esta adecuación se entiende también dentro del proceso de digitalización de las obligaciones tributarias en el país. El Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) ya era utilizado por más de 1,2 millones de contribuyentes y había generado más de 40 millones de registros electrónicos de ventas, ingresos y compras hasta diciembre de 2025. Además, la Memoria Anual 2025 de SUNAT señala que el 87% de los contribuyentes que utilizaron el sistema pertenecían al RER o al Régimen MYPE Tributario.

“El nuevo plazo plantea así un escenario en el que las empresas del sector pueden pasar de una adecuación reactiva a una planificación anticipada. Aprovechar estos meses para identificar brechas, ordenar la información y definir responsables puede facilitar la transición hacia el nuevo esquema y evitar que la entrada en vigencia de las disposiciones se convierta en un problema operativo para las compañías”, concluyó Cruz.