México inicia programa de exportaciones de palta sin deforestación

El gobierno mexicano impulsa un modelo de agroexportación sostenible centrado en la palta, con reglas ambientales y laborales más estrictas.

El gobierno federal de México puso en marcha el programa de agroexportaciones sin deforestación, con la palta como producto insignia. Este plan busca garantizar que toda la cadena productiva, desde la siembra hasta la exportación, cumpla con estándares ambientales y laborales, eliminando el trabajo infantil y promoviendo condiciones dignas para los jornaleros.

México es el principal productor mundial de palta, con casi 3 millones de toneladas anuales, y sus principales destinos de exportación son Estados Unidos, Canadá, Japón y España. Según el Departamento de Agricultura de EE.UU., las ventas de palta mexicana alcanzarían los 4 mil millones de dólares al cierre de 2025.

El programa será implementado por las secretarías de Agricultura (Sader), Trabajo (STPS), Medio Ambiente (Semarnat) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Además, se espera incorporar próximamente otros cultivos de alto valor, como las berries, que también enfrentan desafíos ambientales y sociales.

La deforestación y la informalidad laboral son los principales retos del sector. Entre 2018 y 2024, la Semarnat identificó unas 20 mil hectáreas deforestadas para establecer huertos de palta, algunas incluso mediante incendios provocados. Este cultivo, además, requiere gran cantidad de agua, generando presión sobre los ecosistemas locales.

El Diario Oficial de la Federación publicó el acuerdo que establece las acciones obligatorias para garantizar que las exportaciones de palta se realicen en terrenos libres de deforestación y con pleno cumplimiento de las normas fitosanitarias y laborales. También permitirá que los trabajadores agrícolas accedan a la seguridad social del IMSS.

Se prevé la creación de una Comisión Técnica integrada por las principales secretarías involucradas, que deberá instalarse en los próximos 30 días hábiles y sesionar al menos cuatro veces al año. En un plazo máximo de 60 días, las instituciones deberán emitir las disposiciones administrativas necesarias para que el programa comience a operar desde el 1° de abril de 2026.